Inmigración basada en la familia
La inmigración basada en la familia es una de las razones más comunes por las que los clientes solicitan nuestra experiencia legal. Los abogados de Solow, Hartnett y Galván tienen una amplia experiencia en el proceso de inmigración basado en la familia. Solow, Hartnett y Galván pueden ayudarle a solicitar un ajuste de estatus, a solicitar la eliminación de las condiciones de residencia permanente y a representar a personas que son víctimas de violencia doméstica que solicitan por sí mismas beneficios de inmigración en los Estados Unidos.
Tarjeta Verde Para Familiares Directos de Ciudadanos Estadounidenses
Si usted es pariente inmediato de un ciudadano estadounidense, puede convertirse en residente permanente legal (obtener una Tarjeta Verde) basándose en su relación familiar si cumple ciertos requisitos de elegibilidad.
Usted es un pariente inmediato si es:
- El cónyuge de un ciudadano estadounidense;
- El hijo soltero menor de 21 años de un ciudadano estadounidense; o
- El padre de un ciudadano estadounidense (si el ciudadano estadounidense tiene 21 años o más).
Categorías de Preferencia del Visado Familiar
Otros miembros de la familia que pueden solicitar la tarjeta verde se describen en las siguientes categorías de “inmigrantes preferentes” de la familia:
- Primera preferencia (F1): hijos e hijas solteros (mayores de 21 años) de ciudadanos estadounidenses;
- Segunda preferencia (F2A): cónyuges e hijos (solteros y menores de 21 años) de residentes permanentes legales;
- Segunda preferencia (F2B): hijos e hijas solteros (mayores de 21 años) de residentes permanentes legales;
- Tercera preferencia (F3): hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses; y
- Cuarta preferencia (F4): hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses (si el ciudadano estadounidense tiene 21 años o más).
Si está pensando en solicitar la inmigración en una categoría basada en la familia, es importante que se ponga en contacto con nosotros para analizar sus circunstancias. Tenga en cuenta los siguientes factores:
- Todos los solicitantes que inmigren a través de la categoría basada en la familia deben obtener una declaración jurada de apoyo legalmente vinculante de su patrocinador como condición para la admisión.
- Su patrocinador debe tener al menos 18 años de edad, ser ciudadano estadounidense o residente permanente, vivir en los Estados Unidos y ser capaz de mantener económicamente al miembro de la familia que está patrocinando. En algunas circunstancias, se puede utilizar un patrocinador conjunto.
- Todos los solicitantes, independientemente de su edad, deben someterse a un examen médico realizado por un médico designado antes de que se pueda expedir un visado de inmigrante. Esto es obligatorio.
Al igual que con nuestros otros servicios, nos esforzamos por proporcionar a nuestros clientes de inmigración basada en la familia con una representación rentable y honesta. Uno de los beneficios de utilizar los servicios de nuestra firma para completar el proceso de inmigración basado en la familia es saber que nuestros abogados le informarán de las áreas de su caso que requieren una atención particular, comunicarse con usted durante el curso de su proceso, y prepararle para que cuando usted o sus familiares comparezcan ante un USCIS o un Oficial Consular, su entrevista se desarrollará de la manera más fluida posible. Ningún abogado puede o debe predecir resultados o garantizar el éxito en un asunto de inmigración, pero los abogados de Solow, Hartnett y Galván le aseguran que con nosotros como sus socios en el proceso de inmigración, estará bien preparado para presentar un caso aprobable a USCIS o al Departamento de Estado.
PROGRAMAR UNA CONSULTA
Esperamos poder ayudarlo con sus necesidades especiales de inmigración. Utilice el botón a continuación para comunicarse con nosotros sobre sus necesidades específicas.